¿Qué debo hacer si roban dinero de mi cuenta y el banco no responde?

EL TIEMPO y la Universidad Libre se aliaron para brindar a los usuarios asesoría legal con los expertos de la facultad de Derecho.

 


Publicado en: El Tiempo

02 de marzo 2021


Por: REDACCIÓN EL TIEMPO

 

En esta entrega de Consultorio Jurídico lo asesoramos si fue víctima de robo de dinero de su cuenta bancaria, a propósito del último pronunciamiento de la Corte sobre la responsabilidad de las entidades financieras frente a estos casos.

 

Además, un abogado especializado de la Facultad de Derecho de la Universidad Libre, explica si hay lugar a indemnización por parte del banco en caso de ser víctima de este flagelo. Al final del artículo encontrará el formulario donde puede dejar su pregunta sobre este o cualquier otro tema legal.

 

¿Quién debe responder en caso de robo de cuentas bancarias?

 

En principio, la entidad bancaria (el banco). La Corte Suprema de Justicia ha establecido que frente a los contratos de depósito (el que se realiza con los bancos para cuentas de ahorros o cuentas corrientes), los bancos tienen que actuar con un profesionalismo y una diligencia superiores a los estándares ordinarios (seguridad, implementación de mecanismos de control y verificación de las transacciones, entre otros).

 

Por lo anterior, la Corte ha justificado que ante el incumplimiento de las obligaciones de este contrato de depósito (por parte de la entidad bancaria) se aplique un régimen objetivo de responsabilidad.

 

¿Qué quiere decir esto? Que basta con probar que el banco incumplió con su obligación para que se declare su responsabilidad.

 

No obstante, cabe decir que la responsabilidad del banco puede atenuarse o incluso excluirse si se prueba que la culpa la tuvo el usuario de la cuenta.

 

¿Qué debe hacer el usuario de la cuenta bancaria si a pesar del pronunciamiento de la Corte el banco se niega a responder por el dinero robado?

 

Lo pertinente es presentar una queja ante la autoridad administrativa que se encarga de vigilar que los bancos cumplan con las normas. Esta autoridad es la Superintendencia Financiera. Valga decir que la sentencia de la Corte Suprema de Justicia no es una novedad, hace parte de un precedente bien consolidado de esta Corporación, de manera que no hay razón para que las entidades bancarias no adecúen voluntariamente su comportamiento a lo dicho por la Corte.

 

Ahora, si no es posible resolver la situación por esta vía administrativa de la queja, es necesario acudir a las vías judiciales, es decir, presentar la respectiva demanda pretendiendo se declare la responsabilidad del banco y, en consecuencia, se le condene a restituir los dineros perdidos o, en este caso, robados.

 

¿Hay lugar a indemnización adicional por parte del banco en caso de robos a las cuentas de los clientes? ¿O solo aplica la devolución del monto exacto que fue robado?

 

Aplica la devolución del dinero robado, más los intereses moratorios comerciales. Eso es lo que hasta el momento ha establecido la jurisprudencia.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

¿Necesita respuesta a sus duda legales?

 

Diligencie el formulario a continuación

 

 

 

 

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