
26 Ago Corte Constitucional estudia si militares deben incluso morir en cumplimiento de su misión
“¿Morir por la causa? Esa es la cuestión que analizan este miércoles en la Corte Constitucional. Dos ciudadanos, por medio de una demanda de inconstitucionalidad, buscan que la corte declare como contrario a la Constitución y, por tanto, ilegal, el artículo 1 del Código Disciplinario Militar, de acuerdo con el cual uno de los deberes fundamentales de los militares es encontrarse en “Disposición permanente para defender a Colombia, incluso con la entrega de su propia vida cuando sea necesario”.
La Sala Plena de la Corte Constitucional debe decidir si los militares, en cumplimiento o ejercicio de su labor, deben entregar incluso hasta su propia vida cuando sea necesario para defender a Colombia.
¿Morir por la causa? Esa es la cuestión que analizan este miércoles en la Corte Constitucional. Dos ciudadanos, por medio de una demanda de inconstitucionalidad, buscan que la corte declare como contrario a la Constitución y, por tanto, ilegal, el artículo 1 del Código Disciplinario Militar, de acuerdo con el cual uno de los deberes fundamentales de los militares es encontrarse en “Disposición permanente para defender a Colombia, incluso con la entrega de su propia vida cuando sea necesario”.
De acuerdo con lo que sostienen los demandantes, esta norma es violatoria del artículo 11 de la Constitución Política, el cual ordena: “El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte”. Además, argumentan los accionantes, el señalado artículo va en contravía de tratados y convenios internacionales adoptados y ratificados por Colombia.
El tema tiene posturas encontradas la Corte Constitucional. Entidades como el Ministerio de Defensa y la Procuraduría depende la constitucionalidad de la norma. Sostiene que esta norma del Código Disciplinario Militar tiene como finalidad dar cumplimiento al principio de constitucional según el cual todos los colombianos tenemos como deber general contribuir a la consecución de los fines delEstado. Deber que, en el caso de las Fuerzas Militares, por su especial labor y formación, les impone actuar de una forma diferente a la del común de los ciudadanos, asumiendo mayores riesgos y responsabilidades y sometiéndose a una legítima restricción de sus derechos fundamentales.
Una postura opuesta a esta mantienen instituciones como las Universidades Libre y Santo Tomas, junto con organizaciones como la Academia Colombiana de Jurisprudencia y la Asociación Colectiva de Objetores y Objetoras de Conciencia. Todos estos le piden a la Corte que anule por inconstitucional la norma en controversia.
Su argumento escencial es que tal disposición genera un condicionamiento del derecho a la vida al supeditar este al concepto de honor militar. De forma tal que niega la condición de personas que tienen los militares y se les priva de su dignidad y condición humana. Se trata de una situación –sostienen– que a todas luces contraviene no solo el derecho a la vida sino todos los tratados de derechos humanos ratificados por Colombia en los que la vida y la dignidad humana son derechos inalienables de las personas.
El debate está servido y serán los magistrados de la Corte Constitucional quienes determinen cuál es el argumento prevalente para el ordenamiento jurídico colombiano.