La protección social en el Plan Nacional de Desarrollo

Por: Neidi Soraida Aldana Acevedo

Estudiante de especialización en derecho laboral y seguridad social.

Universidad Libre


“El Plan Nacional de Desarrollo incorpora el concepto de protección social concordante con el contexto internacional, en tanto busca mejorar las condiciones de vida de los colombianos, donde sus expectativas mínimas sean superadas, logrando que los niños y los adultos tengan acceso a una atención integral, donde los trabajadores cuenten con condiciones óptimas laborales y que se cristalice un fortalecimiento al sistema de seguridad social.

 

Sin embargo, algunos temas deben estudiarse más detenidamente por producir un impacto en principios como la universalidad y la solidaridad, pues en últimas lo que debemos pensar es en el papel del Estado cuando se habla de seguridad social o de protección social, pero siempre en procura de lo colectivo.”

 

Publicado en: Blog Unilibre

 


Como concepto a utilizar en Colombia, la protección social abre paso a una serie de participaciones e intervenciones de diversos grupos que tienen como objetivo principal la disminución de riesgos de la vulnerabilidad de tipo social y económico; además la reducción de la pobreza y las condiciones externas desfavorables. Asimismo, propende por unos niveles dignos de ingresos, crecimiento económico razonable, fortalecimiento de las políticas del sistema social que consolidan un sistema inclusivo para la protección de los derechos de los ciudadanos, logrando así una transformación hacia el estado bienestar fundamentado en política pública social hacia los más necesitados.

 

Entonces, es necesario formular la siguiente pregunta: ¿se puede afirmar que el Plan Nacional de Desarrollo (Ley 1955 de 2019) despliega el concepto de protección social? Al respecto conviene decir que la noción de protección social, conforme lo expone Holmann Jorgensen (2000), está concebida para mitigar la pobreza por parte del Estado, quien a su cargo tiene garantizar la seguridad de ingresos y generar programas de redes de protección a los ciudadanos que les permita el acceso a una calidad de vida digna.

 

Es oportuno traer a colación el concepto dado por el Banco Mundial (2000) al establecer la necesidad de protección de las personas en edad avanzada, a la población en condición de pobreza y vulnerabilidad con el firme objetivo de poner fin a tan precaria realidad; para ello, se debe por parte de los Estados brindar asistencia en salud, pensión, desempleo y accidentes laborales.

 

A nivel regional, se debe precisar que en Colombia el concepto de la protección social según Franco (2005) está en auge. Ahora bien, al entrar a analizar el Plan Nacional de Desarrollo- desde la importancia que se le dio al Sistema General de Seguridad Social como política pública, en el que se verifica un avance conceptual de seguridad social a protección social.

 

Es significativa la importancia que tiene en relación al principio de equidad en el plan, al buscar la igualdad de oportunidades, la inclusión social y productiva, dando relevancia a la familia como base estructural de lazos de solidaridad y tejido social. Dentro de este contexto es visible el énfasis del principio de la confianza legítima que da importancia del derecho al trabajo, la seguridad social y los programas de los beneficios económicos periódicos -BEPS- en los que se autoriza que los cobros por aprovechamiento del espacio público sean destinados al ahorro para la pensión de vejez (Ley 1955, 2019 art 7). De esta manera, el Plan Nacional busca dinamizar el crecimiento económico, consolidar una política pública constante y alcanzar un mayor desarrollo para el país.

 

Para ilustrar mejor la esencia de la protección social en el Plan Nacional de Desarrollo, que se sustenta en el principio de equidad, es preciso abordar los temas que dan cuenta de la inclusión y desarrollo del término en la -Ley 1955 de 2019. En primer lugar, el cuidado infantil- desarrollado en el artículo 189 y el cuidado del adulto mayor -dignidad y felicidad, para tal protección se fortalece el recaudo de la estampilla del adulto mayor. En segundo lugar, se abren espacios para la inclusión productiva y laboral, prácticas laborales para los estudiantes que les otorgará experiencia laboral y garantizará ingresos dignos, formación para el trabajo, generación de empleo para los jóvenes entre los 18 y 28 años donde no se les exija experiencia profesional, y las entidades públicas priorizarán en los cargos de provisionalidad para incluir a la población joven (Ley 4955, 2019. “Equidad en el Trabajo”).

 

En tercer lugar, se fortalece el servicio social de los BEPS, que busca una mayor cobertura de protección, el seguro inclusivo de protección del trabajador por exposición a riesgos y la sostenibilidad del sistema pensional. Además, amplía la cobertura pensional reduciendo la desigualdad al dar los mismos beneficios a los pensionados y uno de los puntos más relevantes es que se deroga el artículo 84 de la Ley 100 de 1993, que definía límites, trabas y condiciones para acceder a la pensión mínima, que se determinaba por las rentas y remuneraciones que percibía el afiliado (Ley 1955, 2019. art, 336). Por tanto, es imperativo el deber del Estado de garantizar la atención en salud para la ciudadanía, para ello, debe controlar y financiar tecnologías en salud, dar mayor cobertura al régimen subsidiado, otorgar calidad en servicio de salud, afiliación a salud subsidiada y establece criterios de sostenibilidad financiera del -SGSSS (Ley 1955, 2019. art 236 y 237).

 

Concluiremos entonces que el Plan Nacional de Desarrollo incorpora el concepto de protección social concordante con el contexto internacional, en tanto busca mejorar las condiciones de vida de los colombianos, donde sus expectativas mínimas sean superadas, logrando que los niños y los adultos tengan acceso a una atención integral, donde los trabajadores cuenten con condiciones óptimas laborales y que se cristalice un fortalecimiento al sistema de seguridad social.

 

Asimismo, fortalecerá el sistema general de seguridad social en salud, lo cual hará posible la reducción de la pobreza en Colombia. Las políticas de gobierno actual no son regresivas, sino que por el contrario dicho plan lleva una idea de garantía colectiva a la sociedad.

 

Sin embargo, algunos temas deben estudiarse más detenidamente por producir un impacto en principios como la universalidad y la solidaridad, pues en últimas lo que debemos pensar es en el papel del Estado cuando se habla de seguridad social o de protección social, pero siempre en procura de lo colectivo.

 

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